miércoles, 30 de junio de 2010

anexo trabajo final

Anexo 1 : Como marco para la comprensión del film Recursos Humanos se harán unas breves referencias a algunos puntos que son exclusivos de la realidad francesa.

Las 35 horas

Durante el gobierno socialista de Lionel Jospin, el 13/06/1998 se aprobó la ley de Reducción del tiempo de trabajo ( RTT) que preveía el paso de la jornada laboral de 39 horas a 35 horas, anualizadas. El propósito explícito de la ley era disminuir la desocupación distribuyendo entre más personas la cantidad de trabajo. También preveía una disminución de las horas extras, y en las sucesivas modificaciones, una no contabilización de los “tiempos muertos” como tiempo de trabajo. Esta modificación se hacía sin disminución del salario y preveía para su modalidad de aplicación negociaciones que podían entablarse por rama o por empresa. La empresa recibía compensaciones ya que disminuían los aportes por cargas sociales. La ley fue apoyada por las tres centrales principales francesas: la CGT cuya dirección se halla todavía en manos del PC francés, que tiene un muy bajo porcentaje de votos pero domina el aparato sindical con fuerte representación en el sector obrero la CFTD de orientación social cristiana con mayor representación en el empleo público pero también con representación entre los obreros y FO minoritaria y que revindica la independencia de los sindicatos de toda otra estructura. Las dos principales centrales apoyaron sin reservas esta ley, aunque muchas comisiones sindicales de base desconfiaron de las consecuencias de su aplicación. La izquierda radical minoritaria se opuso a la misma considerándola un maquillaje y una puerta más para aplicar con el consenso obrero mayor flexibilidad laboral.

El resultado final de esta ley no fue la creación de los puestos de trabajo previstos sino un aumento de la explotación obrera , a través del rediseño de las metodologías de trabajo que fueron posibles por los ahorros en los costos de aportes, y un fraccionamiento y división de la clase obrera a raíz de los acuerdos por empresa. Por otra parte esto fortaleció el empleo precario y la tercerización., y fortaleciò la tendencia a la relocalización de empresas en países donde los costos de la mano de obra son mucho más bajos y donde la legislación laboral o casi no existe o es precaria.

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